El Tribunal Supremo tiene hoy la tarea de devolver la seguridad jurídica al impuesto de las hipotecas. Los 31 magistrados de la Sala de lo Contencioso-administrativo se reúnen con una disyuntiva sobre la mesa: confirmar el criterio recién establecido de que el impuesto de actos jurídicos documentados debe abonarlo el banco porque es el principal beneficiario de la escritura del préstamo ante notario o revocar esa decisión y volver a la jurisprudencia anterior que fijaba que el tributo es responsabilidad del cliente. Si optan por mantener que pague el banco, los magistrados tendrán que resolver si se aplica para los préstamos que se firmen a partir de ahora o si tiene efectos retroactivos y hasta dónde llegan estos.

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Durante las últimas dos semanas ha habido en la Sala de lo Contencioso “mucho pasilleo” para intercambiar opiniones, según varios magistrados, que coinciden en que lo único seguro es que no habrá unanimidad en la decisión y en que hay tres factores que pesan para determinar el sentido del voto: el respeto que merece el criterio de los expertos en tributos que suscribieron la sentencia del pasado 18 de octubre que estableció que debía pagar el banco; las dudas que, a su vez, plantea que estos magistrados, varios de ellos de incorporación reciente al Supremo, cambiaran una jurisprudencia muy asentada del alto tribunal en sentido contrario sin que haya habido ninguna modificación legal que lo justificara; y la sensación de que la imagen del Supremo está muy deteriorada y dar marcha atrás en una decisión a favor del cliente dos semanas después de adoptarla generaría un daño enorme.

Varios magistrados consultados sostienen que la decisión debe tomarse con argumentos estrictamente jurídicos, pero admiten que es muy difícil abstraerse al revuelo que los cambios de criterio de las últimas semanas han generado en la opinión pública e incluso de las consecuencias económicas de la decisión. Minutos después de conocerse la primera sentencia que imputaba al banco el impuesto, los bancos empezaron a caer en Bolsa. “Muchas de las decisiones de esta sala tienen consecuencias de millones de euros. Tenemos que ser conscientes de eso para decidir de forma muy rigurosa. Pero no podemos dejar que ese hecho influya en el sentido de nuestra decisión. Estamos acostumbrados”, afirma un magistrado de la sala que se inclina por votar a favor de mantener el nuevo criterio, pero admite que tiene algunas dudas.

Tres recursos parecidos

La deliberación se producirá sobre tres recursos casi idénticos a los que llevaron a la sentencia del pasado 18 de octubre que fijó que el impuesto debía pagarlo el banco y a otras dos sentencias posteriores en el mismo sentido. Las partes en conflicto vuelven a ser la empresa municipal de la vivienda de Rivas-Vaciamadrid (que había presentado varios recursos), el Estado y la Comunidad de Madrid. Los ponentes de los tres casos (los magistrados que han estudiado con detalle el asunto y proponen una decisión) son dos jueces de la sección segunda, la experta en tributos y autora de las sentencias anteriores. Dos de las ponencias se han asignado al presidente de esa sección, Nicolás Maurandi, y la otra al magistrado Francisco José Navarro Sanchís. Ambos suscribieron que el impuesto correspondía al banco y defenderán hoy la misma postura. Si la mayoría del pleno difiere de ella, serán otros magistrados que representen a esa mayoría quienes redactarán la sentencia.

Los 31 magistrados, en orden del más nuevo al más antiguo, expondrán su criterio, por lo que el pleno será largo y, dadas las diferencias existentes, algunos no descartan que se requiera más de una sesión. Varios miembros, además, han mostrado su intención de plantear al inicio dudas legales sobre la decisión de Díez-Picazo de elevar el asunto al pleno a raíz de que la sección experta en tributos cambiara la jurisprudencia que mantenía el tribunal desde hace más de 20 años. Sin embargo, este debate ha perdido fuelle después de que la llamada sala especial del artículo 61 del Supremo (formada por el presidente del tribunal y los presidentes y dos magistrados de cada sala) rechazara una querella presentada contra él por Podemos y respaldara la potestad de Díez-Picazo de elevar el asunto al pleno en cualquier momento.

Fuente: El País