
Este miércoles, el Tribunal Supremo calificó de abusivos los intereses pagados por el usuario de una tarjeta revolving de WiZink, por alcanzar el 27% anual. En su dictamen, el Supremo considera que el tipo de interés con el que se tendría que comparar el que se aplica en una revolving es el tipo de interés medio de las tarjetas de crédito y revolving que calcula el Banco de España, y que ronda el 20%. Por ello, las tasas que gravan las deudas de las revolving se comparan a la usura. Pero, ¿qué son estas tarjetas y por qué generan una deuda que, muchas veces, se transforma en bola de nieve y resulta muy difícil de extinguir? Aquí las claves.
¿Cómo funciona una tarjeta ‘revolving’?
Si a través de una tarjeta de crédito común el usuario paga con dinero prestado por la entidad pero tiene que devolver todo lo que utilizó durante un mes a principios del mes siguiente, con la revolving aplaza el pago del capital dispuesto, partiéndolo en varias cuotas mensuales. En el caso de la tarjeta de crédito, el hecho de no poder devolver el crédito utilizado el mes anterior (por ejemplo, porque en la cuenta vinculada con la tarjeta no hay dinero suficiente) supondrá generar una deuda pendiente de pago, sobre la que el banco aplicará unos intereses.
¿Cómo son los intereses de las ‘revolving’?
En el caso de la tarjeta revolving, no se permite extinguir la deuda de una sola vez al mes siguiente, por lo que, aunque pague sus cuotas mensuales, el usuario verá disminuir su deuda muy paulatinamente. Esto es así también porque los intereses que gravan la deuda pendiente son extremadamente altos, de hasta el 27%. De hecho, es el cliente quien escoge qué cuota quiere devolver cada mes: un fijo o un porcentaje del crédito utilizado. No obstante, si esta cuota es demasiado baja, puede ocurrir que la devolución mensual no cubra ni siquiera los intereses generados por la deuda que, de esta forma, se acumula y agiganta. Una auténtica espiral.
Para una deuda de 1.000 euros, con una tasa anual equivalente (TAE, que incluye no solo el tipo de interés nominal sino también comisiones y gastos) del 25,61%, y pagando cada mes 25 euros para saldarla, se tardaría hasta seis años y 10 meses en devolver la cantidad solicitada. Y no solo se habrán devuelto los 1.000 euros, sino que se habrán pagado 1.031 euros de intereses, es decir, la misma cantidad que se adeudó, según un ejemplo elaborado por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).
¿Por qué se llama ‘revolving’?
Porque la parte de crédito que el usuario reembolsa al banco cada mes al pagar su cuota mensual vuelve a estar disponible para ser utilizado otra vez. En definitiva, una revolving (del inglés to revolve, es decir, girar, rotar) no es otra cosa sino “un crédito que se renueva de manera automática a su vencimiento mensual, de tal forma que en realidad es un crédito rotativo equiparable a una línea de crédito permanente”, según la definición del Banco de España.
¿Por qué es abusiva la TAE de las ‘revolving’?
La tasa anual equivalente media (TAE, que incluye no solo el tipo de interés nominal sino también comisiones y gastos) de las tarjetas revolving es del 25,2% por financiar compras y del 29,63% por disponer de efectivo en cajeros o en cuenta corriente, según Asufin. Al ser muy superior al tipo de interés de las tarjetas de crédito y revolving que calcula el Banco de España -alrededor del 20%-, el Supremo considera que estas tasas son abusivas.
¿Qué establece la sentencia del Supremo?
En la sentencia pronunciada este miércoles, el Supremo fija unos criterios importantes. Por un lado, estaba llamado a decidir cuál es el interés de referencia que se debe tomar como «interés normal del dinero». «El tipo medio aplicado a las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving publicado en las estadísticas oficiales del Banco de España», contestan los jueces en el dictamen, «con las que más específicamente comparte características la operación de crédito objeto de la demanda». Es decir, no el 27,24% que llegó a aplicar WiZink en el caso analizado por el Supremo, sino el tipo medio de las tarjetas de crédito y revolving recogido por el Banco de españa, es decir, el 20%. Por lo tanto, los jueces declaran usurario el tipo de interés utilizado por WiZink, por ser muy superior y desproporcionado.
Por otro lado, declara que «no se puede justificar la fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero por el riesgo derivado del alto nivel de impagos» vinculado con «operaciones de crédito al consumo» que tilda de «concedidas de un modo ágil y mediante técnicas de comercialización agresivas y sin comprobar adecuadamente la capacidad de pago del prestatario». Y apuntan los jueces del Supremo: «La concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico».
¿Es solo el tipo de interés el problema?
En tercer lugar, en la exposición de la decisión, los jueces del Supremo cuestionan «no solo el tipo de interés, sino otros elementos de las revolving que tienen que ver con su comercialización», subraya Fernando Herrero, secretario general de la Asociacion para la defensa de consumidores y usuarios de bancos, cajas y seguros (Adicae). Herrero se refiere al hecho de que el Supremo admite explícitamente que en el caso concreto sobre el que se ha pronunciado este miércoles la demandante solo había pedido la nulidad de su contrato con WiZink por su carácter usurario. Según los jueces, sin emabrgo, nada impide que los tribunales puedan ejercer un control de transparencia sobre cómo se estipuló el tipo de interés.
«Todas estas consideraciones dejan la puerta abierta a que los tribunales puedan declarar nulos estos créditos, basándose en criterios distintos dal mero carácter usurario del tipo de interés», destaca Herrero.
¿Qué criterio han seguido hasta ahora las Audiencias Provinciales?
Hasta ahora, de las 50 Audiencias Provinciales, 31 han resuelto los litigios sobre tarjetas revolving a favor del consumidor y 12 lo han hecho en contra, según los datos recogidos por la Adicae.
Fuente: El País