La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha anunciado hoy que a partir de esta tarde estará disponible el documento para solicitar la devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad y que prevé que el próximo mes de abril ya estén todas abonadas.

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Los interesados tendrán que rellenar un formulario online específico de solicitud, cuyo uso facilitará y acelerará la tramitación de la devolución procedente. Bastará con que la persona perceptora de la prestación indique los años en los que ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda. Se podrá presentar en cualquier oficina de Hacienda o también por Internet.

La devolución se llevará a cabo en dos fases, de forma que los padres de niños nacidos en 2014 y 2015 podrán solicitar la devolución del IRPF de la prestación desde hoy, y los que tuvieron su hijo en 2016 y 2017, lo harán a partir de enero.

El coste total ascenderá en torno a 1.200 millones de euros, si bien en el caso de la prestación por maternidad la devolución media será de 1.600 euros y, la de paternidad, de 383 euros, debido a la diferencia del tiempo que los progenitores está percibiendo durante el permiso.

Sin certificado de la Seguridad Social

No será necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad percibidas, puesto que en cada caso la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.

En el caso de solicitudes de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia caben dos supuestos. Si el recurso todavía se encuentra pendiente de resolución, será el correspondiente órgano revisor el que se pronuncie sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo; en caso de que la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de la declaración hubiera adquirido firmeza, no será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución alguna.

En relación con las prestaciones públicas por maternidad percibidas durante este año 2018, en la próxima campaña de renta la AEAT ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles. Los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.

Fuente: El País