Papel mojado. Para la Comisión Europea, los laudos internacionales que conceden indemnizaciones millonarias a favor de los inversores europeos en el sector de renovables no tienen ningún valor, tanto si invocan Tratados bilaterales de protección como si esgrimen la Carta de la Energía.

Bruselas considera que en ambos casos se trata de normas incompatibles con el ordenamiento jurídico de la UE, que reserva para los tribunales nacionales y europeos la competencia exclusiva de interpretar la normativa comunitaria y garantizar la protección del inversor.

«Todas las cláusulas de arbitraje en los tratados bilaterales de inversión entre países de la UE son inaplicables y cualquier tribunal de arbitraje establecido sobre la base de esas cláusulas carece de jurisdicción», afirma la Comisión en una Comunicación o directriz sobre la protección al inversor publicada el pasado jueves.

El documento también invalida el mecanismo de arbitraje establecido en base al artículo 26 del Tratado de la Carta de la Energía «en cuanto a relaciones dentro  de la UE». Y añade que «el hecho de que la UE sea parte también de ese Tratado no afecta a esta conclusión».

El organismo presidido por Jean-Claude Juncker concluye que tanto los arbitrajes previstos en los tratados bilaterales de inversión como los de la Carta de la Energía «socavan el sistema legal de soluciones previsto en los Tratados de la UE«. 

La CE asegura que todos los tribunales nacionales de la UE «tienen la obligación de anular cualquier compensación arbitral concedida» en base a las cláusulas incompatibles con el Tratado de la UE. Y pide a los Estados involucrados en casos pendientes «que extraigan las necesarias consecuencias», lo que parece conminar a no acatar los laudos que se dicten.

La estricta argumentación de la CE contra los arbitrajes en conflictos intracomunitarios llega tras una reciente sentencia del Tribunal de Justicia europeo, que el pasado 6 de marzo dio la razón a  la CE y consideró incompatible con las leyes europeas las cláusulas sobre arbitraje recogidas en algunos tratados bilaterales entre países de la UE.

El veredicto de la corte europea sobre el llamado caso Achmea puso en peligro la reivindicación de gran parte los demandantes en litigios del sector energético, cuya avalancha de petición de indemnizaciones se concentra contra España tras el recorte de las primas a renovables.

Algunos abogados, sin embargo, interpretaron que el impacto de la sentencia sería menor porque muchas de las reclamaciones contra España no se basan en tratados bilaterales sino en la Carta de la Energía. Y, en efecto, solo dos meses después de la sentencia europea, un tribunal de arbitraje condenaba en mayo a España a indemnizar con 60,5 millones de euros a la compañía holandesa Masdar Solar & Wind Cooperatief, que había invocado el mecanismo de protección previsto en la Carta de la Energía.

El gobierno español esgrimió la jurisprudencia del Tribunal de la UE contraria a los arbitrajes intracomunitarios, pero los árbitros del caso rechazaron la petición aduciendo que la sentencia del caso Achmea solo se refería a los tratados bilaterales de inversión y no ponía en cuestión la aplicación de la Carta de la Energía.

La Comisión intenta ahora cerrar también esa vía con una interpretación de la sentencia que extiende la nulidad a todos los arbitrajes que afecten a inversiones extracomunitarias. Bruselas solo deja a salvo a las reclamaciones procedentes de inversores de fuera de la UE, aunque el documento advierte que los jueces europeos también están revisando esa variable a raíz del acuerdo de libre comercio con Canadá (CETA).

Guerra al arbitraje

Bruselas prosigue así su incansable batalla por acabar con los arbitrajes entre inversores europeos y Estados de la UE. En 2016, la CE ya expedientó a cinco países (Austria, Holanda, Rumanía, Eslovaquia y Suecia) para exigirles que cancelen todos los Tratados bilaterales de protección a la inversión intracomunitaria. Y tras su victoria en el caso Achmea, «la Comisión ha intensificado su diálogo con todos los Estados miembros para pedirles que pongan fin a ese tipo de tratados».

El organismo comunitario asegura que «vigilará» para comprobar la desaparición de las cláusulas de arbitraje y se reserva el derecho «a iniciar nuevos procedimientos de infracción» contra los países que se resistan a cancelar las cláusulas de arbitraje.

La comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, también ha estrechado la vigilancia para evitar que a través de los laudos se concedan ayudas de Estado ilegales. Vestager ya ha advertido a España que no puede pagar ninguna indemnización por las primas de renovables canceladas sin recibir previamente la autorización de Bruselas.

El departamento de Competencia se reserva la última palabra. Y ya ha adelantado que los inversores no pueden invocar una expectativa legítima de rentabilidad porque el régimen español de primas no había sido notificado a la CE y, por tanto, no estaba autorizado.

ESPAÑA, ENTRE LA ESPADA Y LA PARED
  • España es el país con más litigios por presunta violación de la Carta de la Energía, un Tratado internacional surgido para dar estabilidad a la inversión en el sector energético tras el fin de la guerra fría.
  • Con 40 arbitrajes, España suma más casos que todos los países restantes, entre los que destacan Italia (10), Turquía (7) y Rusia (6).
  • Los tribunales de arbitraje ya han condenado a España cuatro veces por la cancelación de las primas a las energías renovables. Y a las indemnizaciones millonarias, se suman los intereses concedidos por los tribunales por cada año de retraso en la ejecución de los laudos.
  • La ofensiva de Bruselas contra los arbitrajes en conflictos intracomunitarios alienta a los Gobiernos de la CE a no pagar las indemnizaciones. Pero cada día de retraso puede costarle caro a España si al final la Comisión no se sale del todo con la suya.

Fuente: Cinco Días