La Audiencia Nacional ha anulado la multa de 57,7 millones impuesta en 2015 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a 18 empresas de los sectores de fabricación de papel, cartón ondulado y productos de embalaje de cartón, y a la patronal, por pactar precios y repartir clientes.

En una sentencia conocida hoy y que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, los magistrados de la sala de lo Contencioso-Administrativo estiman los recursos de las compañías al entender que cuando la sanción se notificó a las empresas, el procedimiento había caducado hacía cinco días.

Al respecto, la sala recuerda que existe por ley un límite máximo de resolución de 18 meses a fin de evitar que se mantenga indefinidamente abierto en detrimento de la seguridad jurídica de las empresas.

Tal como alude la sentencia, la resolución de la CNMC consideraba «clara» la existencia de coordinación por parte de la industria papelera, en materia de precios, y de la del cartón, tanto en precios como en clientes.

Fuente: Cinco Días