El Brexit se aproxima y la incertidumbre respecto al día siguiente es aún absoluta. Sin un acuerdo que despeje cómo serán las relaciones entre Reino Unido y la Unión Europea a partir de marzo de 2019, el grupo aéreo al que pertenecen Iberia y Vueling, IAG, negocia contrarreloj para evitar que el divorcio impacte en su negocio. La cúpula de este grupo, con sede social en España pero controlado por capital británico, está en conversaciones con el Gobierno y con la Comisión Europea para lograr que IAG siga siendo considerada una empresa ubicada en la UE y, por tanto, regulada por las normas comunitarias.

Desde el principio del Brexit, el sector aéreo fue considerado prioritario. Consciente de que las incógnitas sobre Iberia y Vueling, las dos firmas españolas de IAG, perjudicaban a ambas compañías —y a todo el sector turístico—, España fue uno de los países que más instó a salvar este escollo en Bruselas. Entonces pocos políticos contemplaban la hipótesis de un Brexit sin acuerdo. Tampoco IAG se movilizó en exceso para clarificar su estatus ante una separación que la dejase como empresa perteneciente a un país tercero. Pero a medida que se aproximaba la fecha, el nerviosismo ha ido cundiendo y el grupo, particularmente a través de Iberia, ha entablado conversaciones con el Ejecutivo y con Bruselas, que será quien finalmente tenga que avalar la nacionalidad del grupo. Así lo confirman a EL PAÍS tres fuentes gubernamentales y una comunitaria.

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La dirección de IAG y el Ministerio de Fomento han intercambiado varias cartas en las que se ha ido desmenuzando esta estrategia. Una de ellas, fechada el 1 de octubre y dirigida al presidente del grupo, Antonio Vázquez, confirma los contactos con la Comisión Europea para “abordar la incidencia del Brexit en la propiedad y el control de las compañías aéreas del grupo IAG radicadas en España”. Según ese texto, el Gobierno le ha trasladado a Bruselas los esfuerzos del grupo por ajustarse a la regulación europea que fija los criterios para que una aerolínea o grupo puedan ser considerados comunitarios: que tenga su sede principal de negocio en un país miembro y que tenga propiedad mayoritaria o control de una persona o entidad radicada en la UE. Bruselas tiene dudas de que IAG cumpla esta última condición. La compañía defiende que sí.

Aunque todas las fuentes consultadas confían en que haya acuerdo entre la UE y Reino Unido y en que todo el sector aéreo quede protegido del embate del Brexit, los riesgos son aún elevados. Las autoridades españolas instan a contemplarlos. “No debe obviarse que las compañías del grupo IAG deben, al igual que cualquier compañía aérea comunitaria, dar los pasos necesarios para asegurar el cumplimiento de la normativa tras la retirada de Reino Unido de la UE y así garantizar el mantenimiento de su licencia de explotación”, avisa la carta de Fomento.

Como parte del mercado único europeo, las aerolíneas británicas pueden operar en el resto del bloque sin solicitar permisos previos. También en otros 17 países extracomunitarios gracias a los acuerdos suscritos por la UE. Entre ellos figura Estados Unidos, un mercado crucial, que está cubierto por el acuerdo europeo de cielos abiertos. Al decaer la legislación comunitaria, las autoridades británicas deberían suscribir individualmente esos permisos con toda la UE y con esos 17 países, entre los que también están Canadá y Marruecos. Y las aerolíneas dependientes de la regulación londinense quedarían sujetas a que se firmaran o no esos acuerdos.

Situación excepcional

Fomento desliza en su carta que IAG no contempló en un principio los riesgos de pasar a ser un grupo vinculado a un país tercero tras el divorcio británico: “La Comisión recibió dicha noticia con satisfacción, pues no le constaba que IAG estuviese siendo lo suficientemente activo para abordar los riesgos que plantea esta situación excepcional”. El propio consejero delegado de la firma, Willie Walsh, desdeñó hace unos meses la incertidumbre. Preguntado por el diario Financial Times sobre cómo iba a demostrar ante Bruselas que la matriz debía ser considerada europea tras el Brexit, respondió: “Es magia”. Una fuente comunitaria conocedora de estos trabajos asegura que el grupo permaneció “en estado de negación” hasta hace poco.

El grupo sigue manifestado su confianza en que se alcance un acuerdo ambicioso sobre transporte aéreo en el marco del Brexit. “Incluso si no hay acuerdo, tanto la UE como Reino Unido han dicho que aplicarán un acuerdo que permita que continúen los vuelos”, asegura una portavoz de IAG. Sobre las conversaciones a tres bandas con el Gobierno y la Comisión Europea, responde: “IAG ha tenido una gran implicación con todos los reguladores relevantes y los Gobiernos y continuará haciéndolo”.

El grupo rehúsa dar pistas sobre qué está haciendo para probar que es español. “Confiamos en que cumpliremos con las reglas europeas y británicas de propiedad y control tras el Brexit”, se limita a subrayar. Ese plan para demostrarlo se presentará en los próximos días, según explican fuentes gubernamentales. Lo que el Ejecutivo sugirió en un primer momento fue que se aplicaran cambios a la estructura societaria para que prevaleciera el control europeo. IAG deberá comunicar a Bruselas el encaje preciso que tiene en mente.

La fusión con British blindó el ‘pasaporte UE’

Cuando el grupo IAG no había ni comenzado a andar, blindar que la empresa no perdiera el pasaporte de la UE fue una prioridad. A finales de 2010, IAG era solo un cascarón vacío sin actividad donde se iban a incorporar Iberia y British Airways, y en los estatutos del registro mercantil se ocuparon de idear un sistema inédito para evitar opas y proteger los derechos de tráfico y de aterrizaje comunitarios. El objetivo era que la empresa siempre tuviera al menos un 50% de capital en manos de ciudadanos de la UE, para no perder nunca el pasaporte comunitario. Así que desempolvó un precepto incluido en la ley de acompañamiento de los Presupuestos del Estado del año 2001 y lo llevó a su máxima expresión. Según los estatutos de IAG, disponibles en su página web, sigue vigente. IAG establece que sus acciones son nominativas y que debe constar la nacionalidad de los inversores. Toda compra de paquetes superiores al 0,25% debe ser notificada a la empresa. Creó cuatro registros de accionistas (españoles, británicos, UE y no UE). Y se guardó la posibilidad de fijar en el 40% el límite de acciones en manos no comunitarias. Lo que nadie pensaba entonces era que los británicos pudieran terminar por pertenecer a ese grupo.

Fuente: El País