El estallido de la Gran Crisis en 2008 reveló las grandes fallas en los consejos de administración de las entidades financieras. Las cajas de ahorros españolas, a las que se rescató con 54.353 millones desde mayo de 2009 y fueron transformadas en bancos, son el gran ejemplo de lo que no se debe hacer: políticos sin experiencia ni conocimientos ocupaban puestos relevantes, en teoría para controlar los riesgos. El desastre fue total. Los supervisores han tomado cartas en el asunto y piden específicamente que las personas que tienen labores de vigilancia en las entidades financieras sepan qué se traen entre manos.

El Mecanismo Único de Supervisión, el ojo del Banco Central Europeo (BCE) dedicado a vigilar la banca junto con los organismos nacionales como el Banco de España, está poniendo el acento en que los consejeros de los bancos estén realmente preparados para desempeñar su labor. Estos deben recibir el visto bueno del organismo que dirige Pablo Hernández de Cos o, en su caso, del BCE, en un proceso de “evaluación de la idoneidad de altos cargos”.

En España, además de los bancos vigilados directamente por el BCE –Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Sabadell, Bankinter, Ibercaja, Cajamar, Kutxabank, Liberbank y Unicaja– hay otras 90 entidades, incluidos los establecimientos financieros de crédito (léase, las clásicas financieras de Carrefour o Volkswagen, por ejemplo) que deben someter sus fichajes al veredicto del Banco de España.

Y muchas de las nuevas incorporaciones a los consejos procedentes del sector tecnológico y de otros no relacionados directamente con el ámbito financiero sino cuya misión es mejorar la experiencia del cliente no pasan el filtro. Al menos, no lo superan completamente.

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Así, el Banco de España ha enviado más de una decena de cartas en las que requiere más formación para los nuevos consejeros. Fuentes conocedoras de esas peticiones explican que los aceptan como idóneos pero señalan que la entidad se tiene que comprometer a que se formen sobre el negocio bancario y sus riesgos. Es decir, que sepan algo de banca. Se basa en las directrices (guidelines, en la jerga) publicadas por la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés), que el supervisor español adoptó el pasado mes de junio y que pueden consultarse en la edición online de CincoDías.

Desde el Banco de España matizan que las cartas pidiendo a las entidades que den cursos de formación no se están enviando “de forma sistemática”, si bien reconocen que en los procedimientos de evaluación por los que tienen que pasar los consejeros antes de ser nombrados, “si se detectan carencias parciales de conocimiento en alguna materia, se aconseja que sean cubiertas lo más rápidamente posible”.

Estas peticiones se basan en las directrices relativas a la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración y los titulares de funciones clave. En ellas, se explica que la evaluación de los conocimientos, las competencias y la experiencia adecuados deberá tener en cuenta la función y las responsabilidades del puesto y las capacidades requeridas, los conocimientos adquiridos mediante los estudios y también la experiencia lograda en puestos anteriores.

“El Mecanismo Único de Supervisión está muy atento a que los nuevos consejeros conozcan los aspectos esenciales de la regulación y el negocio bancarios, especialmente ante los perfiles que se están incorporando últimamente, muy ligados al sector de las nuevas tecnologías”, señalan desde la firma de asesoramiento regulatorio especializada en el sector financiero finReg. “Todo ello requiere que los bancos dispongan de adecuados planes de formación, específicos para la incorporación de un consejero y también de carácter continuo con objeto de reforzar y actualizar los conocimientos de todos los consejeros”, añaden. Otra de las guías de la EBA, adoptada por el Banco de España también el pasado junio, es la referida al gobierno interno. Esta propugna que las funciones de gestión de riesgo y de cumplimiento sean independientes. “Son los componentes esenciales de las comisiones del consejo y, en algunas, sus presidentes. Además de su independencia por ley, deben demostrar una clara independencia de criterio y capacidad de controlar y supervisar a la alta dirección de modo constructivo y eficaz”, advierten desde finReg. Cierto es que la EBA es comprensiva y en ambas directrices menciona el principio de proporcionalidad: no es lo mismo una entidad sistémica que una con dos oficinas. No se les va a exigir lo mismo.

Los bancos, además, deben analizar el perfil de los consejeros que realmente necesitan. En última instancia, las entidades pueden ser penalizadas con unas exigencias adicionales de capital si sus consejos no están formados por las personas adecuadas y su desempeño no es el debido.

Ojo con las estructuras poco transparentes

La misión de lograr bancos que eviten riesgos. Uno de los mantras de la EBA en sus directrices sobre el gobierno interno es que las entidades financieras eviten “establecer estructuras complejas y potencialmente no transparentes”. En resumen, los bancos “no establecerán estructuras opacas o innecesariamente complejas sin un fundamento económico o una finalidad legal claros, y tampoco las establecerán si tienen dudas de que puedan utilizarse para un propósito relacionado con la delincuencia financiera”.

Control total. Por si no queda claro, la EBA lanza un aviso a navegantes: “Las actividades atípicas o no transparentes que las entidades realicen para sus clientes (por ejemplo, ayudarles a establecer sociedades instrumentales en jurisdicciones de terceros países, desarrollar estructuras complejas, financiarles transacciones o proporcionar servicios de fideicomiso) y que generen riesgos operacionales y reputacionales significativos deberán estar sujetas a las mismas medidas de gestión de riesgos”.

Fuente: El País