La Comisión Europea ha abierto una investigación exhaustiva para determinar si el plan de la Comunidad Valenciana -consistente en conceder ayudas públicas por valor de 9 millones de euros a la compañía aérea regional Air Nostrum para la renovación de su flota- es conforme con
la normativa en materia de ayudas estatales de la UE.

Según la Comisión, en el marco de sus proyectos para estimular el desarrollo económico de la región, el Gobierno autonómico de la Comunidad Valenciana aprobó en 2018 la concesión a Air Nostrum de una subvención por un importe máximo de 3 millones de euros. Además, tiene la intención de conceder otra subvención por un importe máximo de 6 millones de euros durante el período 2019-2020.

El objetivo de estas medidas es apoyar la renovación de la flota de la compañía aérea mediante la adquisición de aeronaves más respetuosas con el medio ambiente.

España sostiene que la medida entra en el ámbito de aplicación de las normas en materia de protección medioambiental del Reglamento general de exención por categorías (RGEC), por lo que no es necesario notificarla para su evaluación por la Comisión en virtud de las normas en materia de ayudas estatales.

El RGEC y las Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía permiten a los Estados miembros apoyar medidas que tengan una incidencia positiva en el medio ambiente (por ejemplo, porque reducen el consumo de combustible, el ruido o los gases de efecto invernadero).

Sin embargo, para ser conformes con las normas de la UE en materia de ayudas estatales, es preciso que estas medidas respeten determinadas condiciones de forma que se asegure que tienen el efecto positivo deseado en el medio ambiente. Se trata, entre otras, de que el apoyo incentive la inversión privada en la opción más respetuosa con el medio ambiente, permita al beneficiario incrementar el nivel de protección medioambiental derivado de sus actividades, se limite al mínimo necesario y no falsee indebidamente la competencia en el mercado único.

En este momento, la Comisión alberga dudas de que la ayuda total por valor de 9 millones de euros prevista para Air Nostrum entre dentro del ámbito de aplicación del RGEC y cumpla con las Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía.

En concreto, duda de que la ayuda tenga un efecto incentivador a este respecto, por eso la Comisión investigará si la decisión adoptada por Air Nostrum en 2017 de adquirir diez aeronaves Bombardier CRJ-1000 más eficientes en términos de consumo de combustible fue consecuencia directa de la ayuda, en consonancia con los requisitos establecidos en el RGEC y en las Directrices, o si la inversión en la opción más respetuosa con el medio ambiente se habría realizado en cualquier caso, incluso sin la ayuda pública.

Bruselas recuerda que Air Nostrum ya había renovado su flota con dieciocho aeronaves Bombardier CRJ-1000 antes de 2017 sin ayuda alguna. Por otra parte, señala que el Reglamento sólo se aplica a las medidas en apoyo de las inversiones realizadas por la compañía aérea beneficiaria. En virtud del RGEC, para que un arrendamiento financiero pueda considerarse una inversión, el contrato de arrendamiento financiero tiene que establecer la obligación (y no solo la posibilidad) de comprar la aeronave.

Fuente: Cinco Días